En los últimos años se han introducido en el mundo empresarial un conjunto de nuevas obligaciones legales que determinan la necesidad de que las empresas actúen de forma preventiva en diversos ámbitos de gran importancia social y/o económica, a través de programas de actuación debidamente documentados.
Esta tendencia, principalmente de origen comunitario, comenzó a generalizarse para todas las empresas, independientemente de su naturaleza, dimensión o volumen de negocio, con la publicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), al que siguió la publicación de la legislación relativa a las obligaciones empresariales en la lucha y prevención del blanqueo de capitales: el Régimen General de Prevención de la Corrupción y el Régimen General de Protección de los Denunciantes, comúnmente conocido como Whistleblowing. Por su parte, las áreas de tecnologías de la información, comercio electrónico y ciberseguridad son cada vez más comunes a todas las organizaciones, constituyendo un sector de actividad de dimensión global, en permanente transformación digital y jurídica.
Estas áreas, de tratamiento diferenciado, requieren soluciones uniformes y concertadas de un equipo multidisciplinar que actúe de forma preventiva y garantice no sólo la creación de políticas de privacidad, evaluaciones de impacto, auditorías de cumplimiento y términos y condiciones, sino también el desarrollo de programas de cumplimiento capaces de mitigar los riesgos y que actúe también, las más de las veces, en la representación efectiva de sus clientes en procedimientos administrativos, laborales y civiles.